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Tributación de los operadores

El modelo impositivo español del gambling online es sencillo en fórmula y rígido en disciplina de ejecución. El impuesto básico para operadores en línea con licencia es del 20% de GGR (Gross Gaming Revenue). Es el núcleo de la arquitectura fiscal, alrededor de la cual se construyen los requisitos de rendición de cuentas, control y comportamiento responsable en el mercado.


1) Qué es el GGR y con qué se paga el 20%

GGR (renta bruta de juego) = apuestas (handle) − ganancias pagadas.

En el GGR no se incluyen los depósitos como tales - sólo las apuestas realmente realizadas.

Las devoluciones/cancelaciones de apuestas reducen las «apuestas»; los botes pagados y las ganancias aumentan la parte deducible.

Los bonos promocionales generalmente se reflejan en la contabilidad como gastos de marketing y/o ajustes en los ingresos del juego (la práctica depende del tipo de bono y las condiciones de la licencia), pero la idea clave es: el impuesto se cuenta con el resultado neto del juego.

Ejemplo 1 (tasa básica del 20%):
  • Apuestas por trimestre = € 100 000 000
  • Pagos de ganancias = €94 000 000
  • GGR = €6 000 000
  • Impuesto = 20% × €6.000.000 = €1.200.000

2) Quién paga y a qué verticales se distribuye

En línea: apuestas deportivas (prematch/live), juegos de casino (incluyendo tragamonedas), poker, bingo en línea y otros formatos permitidos - 20% GGR.

Las loterías (SELAE, ONCE) tienen un régimen jurídico público separado y no caen bajo el total del «20% GGR» para operadores comerciales.

El offline (casinos, salas de bingo, salones, autómatas) está sujeto a los impuestos regionales de las comunidades autónomas; allí - sus tasas y métodos (a menudo mezclando pagos fijos por máquinas automáticas y tasas de interés con ingresos/márgenes). La tasa en línea del 20% no se aplica a offline.


3) Beneficios de Ceuta y Melilla

Para las empresas realmente ubicadas y que operan en Ceuta o Melilla, se aplica un tipo reducido - 10% GGR (cuando se cumplen los criterios de presencia económica: personal, infraestructuras, gestión). Paralelamente, en estos territorios existen otros incentivos a la inversión (por ejemplo, en el impuesto de sociedades y en las tasas sociales), lo que los hace populares para una parte de los operadores.

Ejemplo 2 (tasa de descuento del 10%):
  • GGR = €6 000 000
  • Impuesto = 10% × €6.000.000 = €600.000
  • Ahorro frente al «continente» en igualdad de condiciones: 600.000 euros por trimestre/año (dependiendo del periodo de cálculo).

4) Vinculación con otros impuestos y pagos

El Impuesto de Sociedades (CIT) se cobra adicionalmente al 20% del GGR - sobre los beneficios de la empresa según las reglas de contabilidad (normalmente una tasa básica del 25%; en los territorios concesionales - carga efectiva reducida).

No se aplica el IVA sobre apuestas/ganancias (juegos exentos), pero el IVA es importante para compras/servicios (B2B).

Derechos de licencia y administrativos: una sola vez en la expedición de licencias y regularmente - por mantenimiento, inspección, certificación.


5) Contabilidad, informes y control

El reporte se lleva a cabo en una sección de verticales (apuestas, casinos, póquer, etc.), con descifrado según los parámetros requeridos por el regulador.

La periodicidad del pago es generalmente trimestral (en varios casos, otros ciclos según las instrucciones del regulador/fiscal).

Los requisitos de datos son: sincronización de los registros operativos con los sistemas de control (cuenta de juego, registro, telemetría), almacenamiento primario, conciliaciones con informes de auditoría.

Se prevén multas, sanciones y medidas disciplinarias por infravaloración de la base o retraso en el pago, hasta la suspensión de la licencia.


6) Cómo el marketing y las bonificaciones afectan al impuesto

Los bonos clásicos (bienvenido, apuesta libre, tiradas libres) reducen los márgenes comerciales, pero no «reescriben» la definición de GGR.

Una parte de los instrumentos promocionales se puede interpretar como «substituir la ganancia» (por ejemplo, free bet payout), que se refleja en el GGR a través del componente «ganancias pagadas».

Para optimizar el panorama fiscal y financiero, los operadores suelen:
  • contabilizan por separado los préstamos de bonificación y el dinero real, llevan informes de tasas/pagos en el corte de las campañas promocionales, prueban la efectividad de los bonos en el depósito neto de GGR, no sólo en el volumen de negocios.

7) Recomendaciones prácticas al operador

1. Divida la contabilidad por verticales y territorios (continente vs. Ceuta/Melilla) para aplicar correctamente las tasas.

2. Estandarizar las fuentes de datos (pasarelas de pago, proveedores de juegos, CRM): la consistencia es crítica para el fiscal/regulador.

3. Prepare «audit trail»: registro de eventos, versiones de configuraciones de RNG/juegos, tarjetas promocionales - esto acelerará el paso de las comprobaciones.

4. Modela P&L después de impuestos: compara el ROI de las campañas con el 20% de GGR, CIT y tarifas, de lo contrario es fácil revalorizar el efecto de marketing.

5. Siga el offline regional si tiene un modelo híbrido: las tarifas y técnicas de las autonomías son diferentes y se actualizan regularmente.


8) Escenarios y sensibilidad

La alta volatilidad de las ganancias (jackpots, streaks) → las subidas de GGR y, respectivamente, los pagos. Solución: amortiguador de capital de trabajo.

Los bonos agresivos → el crecimiento de la facturación sin el aumento adecuado de GGR. Solución: corredores promocionales y KPI por puro GGR.

Cambio de mezcla en la apuesta en vivo: el margen suele ser menor, la rotación es mayor; la base imponible es «más delgada». Solución: balance de productos (casino/ranuras), cross-sell.


9) «Spargalka» en las apuestas

Operadores en línea (apuestas, casinos, póquer, bingo): 20% GGR.

Ceuta/Melilla cuando se cumplen las condiciones de presencia: 10% GGR.

Loterías: régimen jurídico público separado (no bajo un total del 20%).

Offline (casinos/salones/bingo): impuestos regionales de las autonomías (las tasas y técnicas son diferentes).


El resultado.

El impuesto del 20% con GGR es la base del mercado online español: es transparente, comparativamente sencillo de calcular y se acopla bien con el sistema de licencias y control. La ventaja competitiva no se consigue por las «optimizaciones» de la base, sino por la calidad de los datos, la disciplina de la información, la gestión de la promoción y -en su caso, por el uso de los regímenes concesionales de Ceuta/Melilla con presencia económica real.

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