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Relaciones con la OMC (disputa con Estados Unidos por la prohibición del gambling en línea) - Antigua y Barbuda

Relaciones con la OMC (disputa con Estados Unidos por la prohibición del juego en línea)

En 2003-2005, Antigua y Barbuda impugnó ante la OMC las medidas estadounidenses que impedían el suministro transfronterizo de servicios de juego por Internet (Wire Act, Travel Act, IGBA, etc.). El Panel y el Órgano de Apelación determinaron que, en relación con una serie de cláusulas, los Estados Unidos habían incumplido sus obligaciones en virtud del AGCS (GATS) en el sector de los «servicios recreativos», en el que se habían contraído obligaciones arancelarias preferenciales que abarcaban servicios de gambling remotos (Modo 1).


Clave de posición legal

Compromisos de los Estados Unidos en virtud del AGCS: La OMC consideró que los Estados Unidos habían contraído obligaciones que cubrían la prestación remota de servicios de juego, y un conjunto de prohibiciones federales y estatales bloquearon la entrega de tales servicios desde Antigua.

Excepción GATS Article XIV (public morals/public order): Los Estados Unidos invocaron la protección de la moral pública, pero el Órgano de Apelación señaló que no se respetaba el «tapón» (chapeau) - las medidas se aplicaron de tal manera que creaban discriminación arbitraria o injustificada (por ejemplo, debido a excepciones en algunos casos internos) formas de gambling).


Cronología de la disputa (comprimida)

2003-2004: solicitud de consulta e informe del Panel (inicialmente a favor de Antigua).

Abril de 2005: El Órgano de Apelación confirma en términos generales las conclusiones sobre la falta de conformidad con las obligaciones de los Estados Unidos en virtud del AGCS.

2006-2007: «panel de cumplimiento» (21. 5) registra la falta de ejecución completa de los Estados Unidos.

Mayo de 2007: Estados Unidos inicia un procedimiento para modificar su calendario de compromisos del AGCS (Artículo XXI) con el fin de eliminar el gambling en línea de los compromisos anteriores.

Diciembre de 2007: Árbitro de la OMC para el artículo 22. 6 autoriza a Antigua a suspender concesiones de hasta 21 millones de dólares anuales y lo hace en forma de contramedidas cruzadas sobre los ADPIC (suspensión de ciertos derechos de propiedad intelectual estadounidenses).

2013: La OMC reafirma el derecho de Antigua a aplicar contramedidas IP; Antigua discute públicamente el lanzamiento de un mecanismo de «infracción permitida» de los derechos de autor de Estados Unidos (sitio pirata) dentro del límite de $21 millones/año, como presión para negociar.


Por qué el caso se ha convertido en precedente

1. Interpretación de los calendarios del AGCS: por primera vez, la cobertura de los servicios remotos de gambling en las obligaciones de servicio fue tan detallada. 2) El estricto «tapón» del art. XIV GATS: Estados Unidos no ha probado la aplicación coherente de la exclusión moral. 3) Las contramedidas más raras sobre los ADPIC: Antigua obtuvo el derecho de suspender los derechos de propiedad intelectual de Estados Unidos dentro de los 21 millones de dólares/año es una de las pocas decisiones de la OMC donde se autoriza la suspensión cruzada de los derechos de propiedad intelectual.


Posiciones de las Partes (sobre los documentos de la OMC y los profesionales. exámenes)

Antigua: las prohibiciones estadounidenses bloquean de facto los servicios transfronterizos de Antigua en violación de los compromisos adquiridos; las referencias estadounidenses a «morals públicos» fueron aplicadas selectivamente.

UU.: insistió en que las medidas estaban justificadas por la salvaguardia de la moral pública/orden y que la valoración de los daños de Antigua era inflada; posteriormente fueron por el procedimiento de cambio de obligaciones (Art. XXI).


Qué significaban las «contramedidas IP» en la práctica

Decisión del árbitro de 21. 12. 2007 permitió a Antigua suspender temporal y parcialmente la protección de los derechos de autor y derechos afines estadounidenses en su territorio por un monto de hasta 21 millones de dólares anuales - hasta que los Estados Unidos armonicen las medidas o lleguen a un acuerdo. En 2013, Antigua discutió públicamente el lanzamiento de una plataforma de distribución «legítima» de contenido estadounidense sin recompensa a los titulares de derechos dentro del límite; como se desprende de la prensa, el proyecto se consideró un instrumento de presión para las negociaciones.


Intentos de acuerdo y estatus después de 2013

Estados Unidos negoció simultáneamente un cambio en el calendario del AGCS y publicó afirmaciones de que la OMC «no impone multas» y las contramedidas son un derecho y no una compensación monetaria. Durante mucho tiempo, las partes permanecieron sin una solución bilateral definitiva, y el derecho de Antigua a suspender el PI se mantuvo como medida autorizada.


Importancia para Antigua y Barbuda y el mercado mundial

Para Antigua: el caso reforzó la imagen de «pionero» de la regulación en línea y demostró que incluso la pequeña economía puede lograr la ejecución a través de los mecanismos de la OMC. Al mismo tiempo, la larga ausencia de compromiso con Estados Unidos limitó la recuperación completa de los ingresos perdidos de la industria.

Para el mundo: DS285 se ha convertido en un «tutorial» sobre la intersección de los servicios digitales, la regulación del juego, las excepciones morales/de orden y la suspensión cruzada de los derechos de propiedad intelectual como instrumento para forzar la ejecución de las decisiones de la OMC.


United States - Measures Affecting the Cross-Border Supply of Gambling and Betting Services (DS285) consolidó: Estados Unidos incumplió una serie de obligaciones en el AGCS con respecto al juego remoto; la referencia a «morals públicos» no se salvó debido a defectos de aplicación; Antigua obtuvo un derecho único a contramedidas cruzadas IP de hasta $21 millones/año. Este es un ejemplo raro de cómo las normas del derecho comercial, los servicios de la economía digital y la protección de la PI se superponen en un mismo litigio, con consecuencias que se sienten hoy en día.


Para una lectura en profundidad: página de la controversia en el sitio web de la OMC (DS285); laudo arbitral de 21. 12. 2007; Examen de la ASIL sobre el estado de la controversia y las negociaciones; Publicaciones y análisis académicos de la UAMB (Vanderbilt JTL, USITC).

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