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Ley Fundamental: Ley No. 351 (1964) y enmiendas posteriores (República Dominicana)

República Dominicana regula la industria del casino basada en Ley No. 351-64 es una ley que desde 1964 autoriza la expedición de licencias para salones de juego e hipoteca el foco turístico del sector. El documento se ha complementado muchas veces y se ha «configurado» con enmiendas fiscales y administrativas para combinar intereses de turismo, presupuesto y control.


1) Lo que aseguró Ley No. 351-64 (1964)

El objetivo de la ley es promover el turismo y generar ingresos adicionales, permitiendo la concesión de licencias de salas de juegos en «hoteles de primera categoría y otros lugares de nivel comparable», con sujeción a los impuestos y condiciones de la ley.

Concesión de licencias: El poder ejecutivo (a través de la autoridad competente) está facultado para expedir licencias; la falta de pago de las tasas establecidas implica la cancelación de la licencia.

Los requisitos básicos de operación y la lista de motivos para revocar/suspender licencias se desarrollaron en regulaciones y enmiendas posteriores, pero el marco original de 1964 siguió siendo un punto de referencia para todos los actos posteriores.


2) Cambios tempranos: 1965 y finales de los años 80

1965: corrección puntual de los procedimientos (revisión secundaria de las normas de explotación, por ejemplo, en el artículo 2), que confirmaba la orientación «hotelera» y la exigencia de que los locales de juego se ajustaran a los locales de juego.

1988–1989:
  • Ley No. 96-88 autorizó oficialmente a los casinos a operar máquinas tragamonedas (tragamonedas) y al mismo tiempo impuso la prohibición de jugar tragamonedas a los ciudadanos dominicanos, limitando el acceso a ellas a los turistas extranjeros; El derecho de control es el de los inspectores fiscales.
  • Reglamento No. 252-89 estableció detalladamente las modalidades de funcionamiento de las franjas horarias (incluidas las disposiciones para restringir el acceso de los dominicanos a las franjas horarias y el control documental de la identidad de los visitantes).

3) Ajustes fiscales de 1998 (Art. 14)

Ley No. 24-98 modificó los artículos 14 de la ley básica, introduciendo un régimen fiscal único (simplificado) para los casinos, donde el tamaño de las obligaciones se vincula a la geografía y el número de mesas en funcionamiento. Esto se convirtió en un prototipo de escala posterior con categorías por provincias y balnearios.


4) Reciclaje de sistemas 2006 - Ley No. 29-06

Enmienda Ley No. 29-06 volvió a recoger los bloques de regulación importantes:
  • Administración: la ley estableció que la Comisión de Casinos mantiene un registro abierto de la «administración responsable» de cada casino; la sustitución de los administradores y la transferencia de la licencia requieren la aprobación del Poder Ejecutivo.
  • Revocación de licencias y procedimientos de control: se ha confirmado la posibilidad de revocar las licencias de forma temporal o definitiva por infracciones graves y por motivos de orden público.
  • Horario de apertura: se fijan los plazos estándar para mesas y ranuras (de 16:00 a 06:00), ejecución encomendada a la Comisión del Casino.
  • Impuesto sobre las mesas (actualizado Art. 14): se detallan tres categorías de alojamiento (Distrito Metropolitano/Santo Dominio; las provincias «grandes» de la corriente turística; otras zonas) y tasas mensuales por cada encimera indexada según el IPC (límite del 7,5% anual).
  • Pago fijo por ranura: se establece un impuesto mensual único para cada máquina con diferenciación por ubicación; se definen además los requisitos para las instalaciones de las «bankas» de Bokmeker (incluida la prohibición de la proximidad a escuelas/hospitales y las placas obligatorias «18 +»).

5) Normas relacionadas y fuentes de referencia

El portal del Ministerio de Hacienda/Comisión del Casino se refiere sistémicamente a la Ley 351-64 (en su forma modificada) como base de licencias y enumera los actos clave: Ley 96-88 (ranuras), Ley 29-06 (revisión masiva), Ley 140-02 (aspecto de los «bancos» deportivos), así como las regulaciones de procedimiento.

En la historia oficial de los instrumentos fiscales de la DGII, los impuestos por mesa se asignan por bloque separado (art. 14 Ley 351-64 con enmiendas 405-69, 24-98, 29-06, 139-11) y por franjas horarias (Ley 96-88 y correcciones posteriores).


6) Donde Ley 351-64 se levantó en un «marco» moderno

Aunque la ley básica se refiere a los casinos terrestres, sigue siendo la base para un sistema permisivo y una lógica fiscal a la que se «abrochan» otros bloques regulatorios (loterías, bancos, deportes). Paralelamente, se desarrolla el circuito digital: en 2024 el Ministerio de Hacienda adoptó la Resolución No. 136-2024, que estableció un orden de licencia para los juegos de Internet (iGaming/apuestas) es una capa de regulación independiente, pero se basa en instituciones de control y cumplimiento preexistentes.


7) Efectos prácticos para los operadores y el mercado

Referencia a los Turklasters: históricamente las licencias se otorgaban con orientación a la infraestructura hotelera, lo que disciplinaba la geografía de los casinos.

La Comisión de Casinos es el «centro de operaciones» del segmento terrestre: registros, relojes, concordancias, controles.

Los impuestos «por mesa/máquina» simplifican la administración y previsibilidad de las tasas, mientras que la indexación protege los ingresos fiscales de la inflación.

Tradicionalmente se ha restringido el acceso a las franjas horarias para los residentes; es un elemento de política social y especialización turística.


8) Preguntas frecuentes (FAQ)

¿La Ley Principal del Casino en la DR? Ley No. 351-64, con modificaciones y reglamentos.

¿Cuáles son las enmiendas más importantes? Ley 96-88 (franjas horarias y restricciones de acceso), Ley 24-98 (fórmula fiscal Art. 14), Ley 29-06 (horas, registros, escalas de impuestos, condiciones de revocación).

¿Quién tiene licencia hoy? Ministerio de Hacienda/Comisión de Casinos; los servicios y procedimientos básicos están disponibles en los sitios web del departamento.

¿Juegos en línea? En 2024 se introdujo un orden de licencia independiente (Resolución 136-2024) que no anula los valores de Ley 351 para el segmento terrestre.


Ley No. 351-64 es el «núcleo» legal del mercado dominicano de casinos: estableció la orientación turística, el modelo de licencias y los principios fiscales, y las enmiendas 1988, 1998 y 2006 convirtieron este marco en un mecanismo operativo con horas, registros e impuestos claros. Hoy en día, a este «esqueleto» se le añade una capa digital (licencias en línea), pero la arquitectura del sector terrestre sigue basada en las disposiciones de 1964 y su modernización sistémica.

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