El papel de Secretaría de Gobernación (SEGOB) en el control
1) Breve: por qué aquí SEGOB
En México, el centro federal controla el juego. Según la Ley de Juegos y Sorteos de 1947, el enfoque general es el siguiente: los juegos de apuestas están prohibidos, a menos que la federación los autorice específicamente. Precisamente la Secretaría de Gobernación (SEGOB) está facultada para autorizar, regular, controlar y supervisar.
2) Marco jurídico: Ley 1947 y que estableció
St. 1: los juegos de azar y los juegos de apuestas en el país están prohibidos (el modo «está prohibido todo lo que no está permitido»).
St. 3-4: regulación, expedición de permisos, control y supervisión - competencia de la SEGOB; sin su permiso, ninguna sala o sitio puede funcionar. Se estipula por separado que la Lotería Nacional operará según su propia norma.
Estas normas, hasta el día de hoy, establecen lo vertical: «la licencia federal es entonces una actividad» y no al revés. La publicación primaria de la ley está en el DOF 31. 12. 1947.
3) Quién regula exactamente: DGJS dentro de SEGOB
El regulador operativo es Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS) - autoriza, controla, supervisa, lleva procedimientos y resuelve todos los asuntos «de juego» -. Esto se formula explícitamente en las páginas oficiales de la DGJS.
La DGJS lleva el «Marco Legal» (compilación de normas), instrucciones de permisos e incluso un centro de apoyo al usuario (asesoramiento sobre requisitos para solicitantes y documentos).
4) Reglamento de 2004: cómo se «revitalizó» la antigua ley
El propio diseño «esquelético» de la ley de 1947 recibió una matriz práctica en el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (17. 09. 2004) - el documento detalla los tipos de formatos permitidos, los procedimientos de emisión y la autoridad de la DGJS. La última reforma del Reglamento es 16. 11. 2023.
Elementos clave del Reglamento:- Los Centros de Apuestas Remotas (CAR) son una forma autorizada de recepción de apuestas deportivas/competitivas.
- Salas de sorteos de números (contrapartida de bingo/sorteos electrónicos).
- Requisitos de contabilidad, informes, promociones e interacción con el regulador.
Norma separada: todas las transacciones deben realizarse en moneda nacional (MXN); El artículo 10 del Reglamento se actualizó con la reforma de 2023.
5) Permisos: qué, a quién y cómo emite la DGJS
La DGJS puede otorgar permisos para juegos y sorteos según la Ley y el Reglamento, fijando las condiciones para cada caso (formato, puntos de recepción, reportaje, cumplimiento). Las reglas y extractos están disponibles en la sección «Marco legal» y los archivos metodológicos adjuntos de SEGOB.
Importante: permiso - federal, individual y condicional; La DGJS tiene derecho a modificar o detener su acción por infracciones. Esta naturaleza de los permisos también está confirmada en los expedientes de competencia federal DOF/SCJN.
6) Supervisión, inspección y sanciones
La DGJS realiza controles y vigilancia: inspecciones programadas/no programadas, monitoreo del cumplimiento de las condiciones de autorización, verificación de anuncios/promociones y regímenes de pago. Por infracciones - sanciones hasta la suspensión/cancelación de permisos y el cierre de instalaciones. Las funciones de control están fijadas en los documentos públicos SEGOB y DGJS.
7) Coordinación con los reguladores financieros y afines (AML/KYC)
El control del sector del juego también se basa en el cumplimiento financiero:- La UIF (Unidad de Inteligencia Financiera), dependiente del Ministerio de Hacienda (SHCP), coordina las políticas contra el lavado de fondos y emite materiales de evaluación de riesgos. La DGJS interactúa con la UIF sobre operaciones sospechosas en el sector.
- La Ley SAT/FT (PLD/FT) define los procedimientos básicos para la identificación de clientes y el seguimiento de las operaciones para las entidades controladas.
En la práctica, esto significa que el KYC, los informes, los límites y la huella financiera son obligatorios, y las infracciones de AML pueden dar lugar a sanciones de varios organismos al mismo tiempo.
8) Lotería Nacional y Excepciones
Históricamente, la Lotería Nacional tiene una base jurídica sobrada; en 2020, Pronósticos se integró en la Lotería (se cambió la estructura y el nombre), lo que se consolida en el DOF. Al mismo tiempo, el control general de las actividades de juego sigue siendo competencia de la federación, y la excepción «lotería» está expresamente estipulada en la Ley de 1947.
9) Aspectos en línea: lo que es importante conocer a los jugadores y operadores
El modelo mexicano no crea un mercado online «libre»: cualquier formato en línea o remoto está sujeto a los permisos de la DGJS (por ejemplo, a través de CAR) y debe realizar operaciones en MXN, con restricciones geográficas e identificativas. Puede comprobar los marcos y requisitos en las páginas DGJS/SEGOB (reglas, reglamentos, preguntas frecuentes).
10) Lista de verificación para el operador (práctica)
1. Base jurídica: estudiar la Ley 1947 y el Reglamento (la última reforma es 16. 11. 2023).
2. Tipo de resolución: definir el formato (por ejemplo, CAR o sala de sorteos) y recoger el paquete de documentos en las listas de la DGJS.
3. Moneda y finanzas: operaciones en MXN, configuración de KYC/AML según PLD/FT y requisitos UIF/SEGOB.
4. Supervisión e informes: preparación para inspecciones, informes sobre los términos de la autorización, negociación de promociones.
5. Comunicación con el regulador: utilizar el centro de soporte para usuarios de la DGJS y los canales oficiales.
FAQ
¿Quién en México «da permiso» para juegos y apuestas?
SEGOB federal a través de la DGJS. Sin su permiso, el casino, la sala de sorteos o el centro de apuestas remotas no pueden funcionar.
¿Qué es el CAR?
Se trata del Centro de Apuestas Remotas, un formato licenciado de recepción de apuestas descrito en el Reglamento.
¿En qué moneda se realizan las transacciones?
Según el artículo 10 del Reglamento - en pesos mexicanos (MXN); la norma se actualiza en 2023.
¿Quién está a cargo de AML/Finming?
La UIF (SHCP) coordina la inteligencia financiera; La DGJS interactúa con la UIF en parte del sector del juego.
El papel de SEGOB es un único punto federal de resolución y control del juego: emitir un permiso, establecer condiciones, verificar, sancionar las infracciones. La «operación» práctica se basa en el Reglamento de 2004 (con actualizaciones que incluyen 16. 11. 2023) y se ejecuta a través de la DGJS. A esto se suma el cumplimiento financiero (UIF/PLD), excepciones para la Lotería Nacional, y se obtendrá un panorama completo: en México las actividades de juego solo son posibles bajo la autorización federal y los duros procedimientos de supervisión.