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Decreto del presidente Rafael Correa (2011) - Prohibición total de casinos

Contexto: referéndum y decisión política

El 7 de mayo de 2011 se realizó en Ecuador la Consulta Popular (consulta popular/referéndum) a nivel nacional. Entre las preguntas estaba la cláusula de prohibición de casinos y salones de juego, que recibió el visto bueno de la mayoría de los votantes. Esto allanó el camino para la inmediata implementación normativa de la decisión por parte del Ejecutivo.

Documento clave: Decreto (Decreto) No 873 de 16. 09. 2011

La realización de la voluntad de los electores fue formalizada por Decreto (Decreto) No 873 del Presidente, publicado en el Registro Oficial Suplento 536 del 16 de septiembre de 2011 (con aclaraciones el 3 de octubre de 2011). El documento establecía la prohibición total de las actividades de juego en casinos y salones de juego, regulaba el procedimiento de cierre y encomendaba al Ministerio de Turismo la elaboración de normas detalladas para la finalización de la actividad.

Lo previsto en el Decreto Nº 873

Un plazo de seis meses, «inapropiado para extender» el cese de todos los casinos y salas de juego, calculado a partir de la fecha de publicación oficial.

Es obligación del departamento especializado (Ministerio de Turismo), en el plazo de 5 días a partir de la entrada en vigor del Decreto, establecer el procedimiento de control y finalización de la actividad.

Derogar normas contrarias de igual o menor fuerza jurídica para eliminar «lagunas» regulatorias y conflictos.

Fechas de cierre y «último día»

Sobre la base de una ventana de seis meses, la interrupción efectiva de los trabajos se produjo en marzo de 2012. Varios casinos conocidos en hoteles importantes (Hilton Colón, Sheraton, Oro Verde, etc.) dejaron de funcionar antes de lo previsto; las noticias registraban el «último día» - el 16 de marzo de 2012 - como impropio de una extensión de la línea de salida, tras lo cual las instalaciones estaban sujetas a un cierre definitivo.

Aplicación de la ley y sanciones

Después de la entrada en vigor de la prohibición, hubo consecuencias penales y administrativas para las personas que continuarían creando, administrando o lanzando casinos/salones/casas de apuestas, hasta la privación real de libertad. Estas disposiciones reforzaron la «tolerancia cero» para tratar de eludir la prohibición.

Escala de la industria en el momento del cierre

Los medios especializados estimaron que decenas de objetos de todo el país estaban bajo la prohibición (unas 32 casinos aparecen como referencia en las publicaciones), lo que enfatiza el notable tamaño del segmento en la década anterior.

Economía y sociedad: efectos directos e indirectos

Empleo y turismo. El cierre privó a los hoteles del entretenimiento nocturno «ancla» para turistas y clientes VIP. Algunos de los empleados en los casinos y servicios relacionados (F&B, taxis, eventos) perdieron empleos o se trasladaron a otros segmentos. (Interpretación basada en la prohibición oficial y los informes de cierre.)

Política social. Los promotores de la prohibición hicieron hincapié en el objetivo de «sanar» el entorno y proteger a los grupos vulnerables, tradicionalmente asociados con el comportamiento de riesgo y la ludomanía.

Qué pasó después: agenda en línea y discusiones sobre la revisión

La infraestructura física de juego fue eliminada, sin embargo, con el crecimiento de internet móvil en la década de 2010, se discutió la práctica «gris» en línea (acceso a sitios en el extranjero) y la cuestión de si debería introducirse un modelo regulado con licencias e impuestos. En 2024-2025, el tema de la devolución parcial de los casinos (por ejemplo, en los hoteles 5pod reglas estrictas e impuestos) volvió a la agenda política: una serie de propuestas fueron sometidas al Tribunal Constitucional y al formato de una nueva consulta. Las decisiones del tribunal sobre el lenguaje de las preguntas en 2025 abrieron/cerraron el camino a un referéndum, pero el trasfondo clave siguió siendo el mismo: la prohibición de 2011 como norma vigente.

Decreto Nº 873 (16. 09. 2011) se convirtió en un «rubor» legal que tradujo la voluntad de los votantes en una prohibición total y controlada de casinos y salones de juego, estableció un calendario de cierre duro, de seis meses y no renovable y estableció un mecanismo de supervisión y sanciones. El 16 de marzo de 2012 se convirtió en el punto final de la parada final de la industria de los casinos offline en Ecuador. Otra historia es ya la disputa sobre si es posible un retorno manejable del sector bajo estrictos parámetros regulatorios, o el mantenimiento del modelo de 2011.


Nota sobre las fuentes:
  • Texto y detalles del Decreto No 873, orden de cierre y detalles regulatorios - por publicación oficial y versiones consolidadas del reglamento y registro.
  • Las fechas de salida y cierre real son en los informes de noticias 2011-2012.
  • Contexto del referéndum (07. 05. 2011) - Resumen.
  • Discusiones modernas (2024-2025) - según informes de los medios de comunicación y de la industria.
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